Deuteronomio 19

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Deuteronomio 19

1Cuando el Eterno Dios destruya a las naciones cuya tierra el Eterno tu Dios te da a ti, y tú las heredes, y habites en sus ciudades, y en sus casas; 2 te apartarás tres ciudades en medio de la tierra que el Eterno tu Dios te da para que la poseas. 3 Arreglarás los caminos, y dividirás en tres partes la tierra que el Eterno tu Dios te dará en heredad, y será para que todo homicida huya allí.

4 Y este es el caso del homicida que huirá allí, y vivirá: aquel que hiriere a su prójimo sin intención y sin haber tenido enemistad con él anteriormente; 5 como el que fuere con su prójimo al monte a cortar leña, y al dar su mano el golpe con el hacha para cortar algún leño, saltare el hierro del cabo, y diere contra su prójimo y este muriere; aquel huirá a una de estas ciudades, y vivirá; 6 no sea que el vengador de la sangre, enfurecido, persiga al homicida, y le alcance por ser largo el camino, y le hiera de muerte, no debiendo ser condenado a muerte por cuanto no tenía enemistad con su prójimo anteriormente. 7 Por tanto yo te mando, diciendo: Separarás tres ciudades. 8 Y si el Eterno tu Dios ensanchare tu territorio, como lo juró a tus padres, y te diere toda la tierra que prometió dar a tus padres, 9 siempre y cuando guardares todos estos mandamientos que yo te prescribo hoy, para ponerlos por obra; que ames al Eterno tu Dios y andes en sus caminos todos los días; entonces añadirás tres ciudades más a estas tres, 10 para que no sea derramada sangre inocente en medio de la tierra que el Eterno tu Dios te da por heredad, y no seas culpado de derramamiento de sangre.

11 Pero si hubiere alguno que aborreciere a su prójimo y lo acechare, y se levantare contra él y lo hiriere de muerte, y muriere; si huyere a alguna de estas ciudades, 12 entonces los ancianos de su ciudad enviarán y lo sacarán de allí, y lo entregarán en mano del vengador de la sangre para que muera. 13 No le compadecerás; y quitarás de Israel la sangre inocente, y te irá bien.

14 En la heredad que poseas en la tierra que el Eterno tu Dios te da, no reducirás los límites de la propiedad de tu prójimo, que fijaron los antiguos.

Leyes sobre el testimonio

15 No se tomará en cuenta a un solo testigo contra ninguno en cualquier delito ni en cualquier pecado, en relación con cualquiera ofensa cometida. Solo por el testimonio de dos o tres testigos se mantendrá la acusación. 16 Cuando se levantare testigo falso contra alguno, para testificar contra él, 17 entonces los dos litigantes se presentarán delante del Eterno, y delante de los sacerdotes y de los jueces que hubiere en aquellos días. 18 Y los jueces inquirirán bien; y si aquel testigo resultare falso, y hubiere acusado falsamente a su hermano, 19 entonces haréis a él como él pensó hacer a su hermano; y quitarás el mal de en medio de ti. 20 Y los que quedaren oirán y temerán, y no volverán a hacer más una maldad semejante en medio de ti. 21 Y no le compadecerás; vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie.


Comentario Bíblico de la Iglesia de Dios Unida

Ciudades de refugio, homicidio y disuasión

Moisés ahora ordena que en Israel se establezcan tres ciudades de refugio en el territorio al oeste del Jordán, tal como ya existían tres ciudades al este del Jordán para cualquier homicida que matara a otra persona accidentalmente pudiera refugiarse (véase Números 35:9-29; Deuteronomio 4:41-43). Tal persona podía huir a cualquiera de estas ciudades para escaparse de una posible ejecución por parte de un vengador de sangre (o sea, un pariente cercano de la víctima), pero tenía que permanecer allí hasta que el sumo sacerdote muriera (Deuteronomio 19:1-13; Números 35:25). Además, como muestra Números 35:12, las ciudades de refugio se establecieron para que el homicida pudiera huir allí con el fin de ser juzgado justamente.

Varios puntos que se deben considerar aquí:

El perpetrador solo se salvaba de la muerte si era un «homicida involuntario», es decir, si la muerte de la víctima había sido causada accidentalmente (compárese Números 35:15). Se dan varios ejemplos a lo largo de las Escrituras para ilustrar esa causa accidental (que puede no ser lo mismo que lo que reclama el homicida al llamarlo «accidental»). Esta causa accidental podía deberse a una conducta no premeditada o al no darse cuenta (Deuteronomio 19:4). Por ejemplo, si el autor había matado a una persona arrojando una piedra sin saber que la víctima estaba allí (compárese Números 35:23). También incluía la conducta sin intención: el autor mataba a una persona sin querer hacerlo (compare Deuteronomio 19:5; Números 35:22). Por otro lado, si el autor odiaba a la víctima en el pasado, debía ser ejecutado (Deuteronomio 19:4, 6, 11; Números 35:20-21). Además, si golpeaba a la víctima intencionalmente con una piedra, un instrumento de hierro o un arma manual hecha de madera (Números 35:16-18), se estimaba que era digno de morir, aunque no hubiera odiado a la víctima

Además, un homicida accidental no era considerado inocente, ya que su conducta, aunque involuntaria o por ignorancia, había provocado la muerte de una persona. El verdadero pecado en este caso parece ser la negligencia, ya que, con las debidas precauciones, aparentemente esa muerte podría haberse evitado. El homicida aún tenía que huir a una ciudad de refugio y permanecer allí hasta que muriera el sumo sacerdote. Si abandonaba la ciudad antes de la muerte del sumo sacerdote, el vengador de la sangre podía matarlo. Por lo tanto, el estar consciente de que las acciones descuidadas podrían conducir a un período prolongado de confinamiento dentro de una ciudad podía servir de advertencia para que la gente fuera más cuidadosa.

No cabe duda de que a un homicida se le habría dado protección en cualquiera de las ciudades de refugio. Sin embargo, lo más probable es que huyera a la ciudad asignada al territorio en el que se encontrara, ya que casi siempre sería la más cercana y la más accesible. Esto se debía a que cada ciudad de refugio estaba situada en el centro de su respectivo territorio y, dentro de ese territorio, se construían caminos (con puentes y señales) que conducían a esa ciudad (Deuteronomio 19:2-4).

A continuación, Moisés le advierte al pueblo que no remuevan los linderos de la propiedad de su vecino (Deuteronomio 19:14). No se trataba simplemente de simplemente mover una roca. Los linderos eran piedras que marcaban los límites de la propiedad. Esta ley prohibía manipular los límites para despojar a alguien de parte de su terreno, que es su legítima herencia.

A continuación, Moisés les advierte contra el falso testimonio (versículos 16-17). Si se descubría que un testigo había presentado una acusación falsa, «entonces haréis a él como él pensó hacer a su hermano . . . vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie» (versículos 18-21), es decir, el castigo debía ser proporcional al daño causado. Además, el propósito de las penas severas también se indica aquí: para evitar que otros cometieran delitos similares (versículo 20). Y cuando se administran correctamente, tales leyes actúan como un freno para disuadir tal comportamiento.

Bajo el sistema del Nuevo Testamento, un cristiano no debe matar ni hacer daño a nadie (Romanos 13:9-10) ni buscar venganza de ninguna manera (Mateo 5:38-39; Romanos 12:19). Esto no significa, sin embargo, que debamos evitar corregir un error, como tomar medidas disciplinarias o exigir una compensación por el daño provocado.